ARTÍCULO 42.- Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.
Si bien el artículo de esta ley, resultó un avance; los términos corresponden a un período histórico economicista, por lo tanto de tratamiento de la salud fue tratado desde ese lugar. La Salud es enunciada como derecho, pero enmarcada dentro de los servicios, un servicio más, dentro del sistema donde el Estado garantizaría los servicios públicos previendo la participación de las asociaciones pero en términos de consumidores, término que no resulta saludable para el ejercicio de la verdadera democracia.
El tema Participación Social tratado en el texto de la Organización Panamericana de la Salud, apunta al desarrollo y fortalecimiento de los sistemas locales de salud y en la transferencia de los sistemas nacionales de salud.
En la actualidad pese a los firmas de los acuerdos que se fueron concretando, la salud sigue entendiéndose como la contratara de la enfermedad, con una estructura de funcionamiento exclusivamente expresada a través de la atención médica- curativa.
Es hora de asumir que la atención adecuada a la enfermedad requiere de desarrollo y democracia. Para lo cual, es indispensable que se abran canales de funcionamiento que conduzcan a la acción; estrategias locales y regionales.
Surgió La Estrategia de Promoción de la Salud para las acciones sociales en salud en relación al desarrollo social.
Despaciosamente se vino perfilando la estrategia de sistemas locales de salud, el énfasis puesto en los Municipios, como el espacio social para la participación social.
El quehacer frente a la participación social es un quehacer desde individuos e instituciones, con procesos orientados a dinámicas precisas, estructuradas y organizadas para realizar acciones concretas.
Vale decir estrategias como:
Recuperación, con énfasis en el sector., Prevención: Históricamente prevaleció el modelo bio- médico. Que cuestionaba que tenía que ir contra la participación social.
Finalmente la promoción de la salud, la mirada más reciente, estrategia del sector que pretende superar la idea salud - enfermedad al orientarse hacia acciones sociales para el desarrollo de la salud.<
Si bien esto tiene un riesgo; que descompromete de algún modo al Estado de sus responsabilidades, resulta beneficioso si se conoce y ayuda a construir visiones ideales de salud.
Es interesante plantear la relación Salud Pública y participación social existen diferentes concepciones de la misma:
Como profesión, como actividad especifica de los gobiernos y como el esfuerzo global de la sociedad para realizar comprende y satisfacer sus ideales de salud.
Si se reconoce la relación participación social y salud, y asumidos de esta manera, los sistemas de salud tienen un fin, ser un aporte para la democracia y su función no solo la organizativa de servicios sino la búsqueda del desarrollo de la salud a nivel local, impulsando nuevos procesos de movilización y organización social.
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